Desde el 1 de Junio de 2021 el Gobierno ha introducido cambios en las tarifas eléctricas, que se enmarcan dentro de la necesidad de adaptarse a la Normativa Europea, que exige simplificar la estructura de tarifas, en busca de transparencia, así como el uso más eficiente de la energía.
A modo de resumen, esto es lo que va a suponer:
- Bajar el término potencia y subir el término de energía favorece la eficiencia energética y el autoconsumo solar.
- La discriminación horaria para todos es lo más lógico. Si la generación de electricidad no cuesta igual a todas horas, lo justo es que los peajes se adapten a ello. Así se incentiva desplazar consumos a horarios baratos, aplanando la curva de demanda.
- El elevado peaje del horario punta en la 2.0TD provoca que cualquier consumo elevado en esa franja hará disparar la factura.
- El abonado promedio que no tuviese discriminación pagará más o menos igual. El ahorro en la potencia le compensará el incremento en la energía. Al que ya tenía discriminación horaria le supondrá un incremento de unas decenas de euros al año.
- Quien sólo necesite potencia alta por las noches (coche eléctrico, calefacción por acumuladores) ahorrará bastante en el término de potencia. Y parece lo justo ya que a esas horas la red va sobrada.
En todo caso, la Compañía deberá comunicar los cambios por carta o por email para informar al usuario.
Con la nueva normativa el intercambio de información con la distribuidora de electricidad también es diferente, así que es posible que la nueva factura sufra algún retraso.
CAPÍTULO I: ENTENDER LA FACTURA PARA COMPRENDER LOS CAMBIOS
¿QUE CONCEPTOS SE PAGAN EN LA FACTURA DE LA LUZ?
Para entender correctamente qué cambios entran en vigor con la nueva factura de la luz, hay que desglosar por conceptos el recibo eléctrico. En líneas generales, el coste de la factura se compone de tres elementos:
- La parte fija, es decir, la potencia contratada.
- La parte variable, o lo que es lo mismo, la energía consumida.
- Los impuestos, como el IVA (que en la luz es el 21%) y el impuesto sobre la electricidad, que es del 5,11%.
El primer cambio que se introduce en el recibo eléctrico es la separación entre:
- la potencia contratada, coste fijo según contrato
- la potencia demandada, facturándose su exceso respecto de la contratada».
Pero la gran revolución en la factura de la luz radica en que los tradicionales peajes de acceso, que retribuían los costes regulados del sistema eléctrico y llevaban congelados desde 2018, pasarán a «ser sustituidos por dos nuevos conceptos:
- Los peajes de transporte y distribución, que fija la CNMC
- Los cargos del sistema eléctrico que establece el Ministerio para la Transición Ecológica, «cuya recaudación se destina a financiar costes del sistema como el del régimen retributivo especial de las energías renovables, de la cogeneración y de la generación con residuos (RECORE), la cobertura del déficit de años anteriores o la compensación del 50% del sobrecoste de la generación en los territorios no peninsulares».
¿EN QUE MEDIDA ESTO AFECTA A LA FACTURA?
Tanto particulares como empresas, abonamos en nuestra factura diferentes conceptos:
- Peajes
- Coste de la energía
- Impuesto sobre la electricidad
- Alquiler de equipos o contadores
- IVA
- Otros
Alrededor del 40% del importe total de nuestra factura corresponde al pago de peajes y, por tanto, esta parte de la factura es la que se verá afectada.
Mientras que los peajes de acceso a la red de transporte y distribución tendrán un peso aproximado del 20% en la factura eléctrica, en la ‘parte regulada’ del precio de la luz, es decir, la determinada por los cargos y en la que se incluyen también cargos por capacidad, se dará «un mayor componente variable» que hará que el coste dependa en mayor medida de la energía consumida, «lo que fomenta la eficiencia energética al permitir que las medidas de ahorro tengan un mayor impacto en el recibo del usuario».
¿QUÉ SON EXACTAMENTE ESTOS COSTES?
- Los peajes cubren el coste que supone el uso de las redes de transporte y distribución por donde circula la energía que llega hasta nuestros suministros, y dependen de la tensión del suministro, de la potencia y del volumen de energía consumido
- Precio fijo según la potencia que tenemos contratada: Término de potencia (Tp)
- Término que se aplica en el caso de que la potencia demandada sobrepase la potencia contratada: Término de potencia demandada (Tep)
- Precio variable según el consumo de energía activa que realizamos: Término de energía activa (Te)
- Importe según el consumo de energía reactiva: Término de energía reactiva (Ter) (Este término no aplica a suministros en baja tensión con potencia contratada de hasta 15 kW).
- Los cargos cubren otros costes del sistema eléctrico, como el déficit de tarifa, el suministro en condiciones de igualdad en los territorios extra peninsulares o las primas a las renovables de primera generación.
Esta nueva normativa también a afecta a los conceptos regulados de pagos por capacidad y pérdidas que forman parte del precio de su contrato de suministro.
En esa parte del recibo:
- Para los consumidores de baja tensión con «menos de 15 kilovatios de potencia contratada», el término variable calculado en función del consumo pasará a pesar un 75% —frente al 60% actual—, a la par que se reduce el peso del término fijo calculado en función de la potencia contratada, que pasará del 40 al 25%.
- Para el resto de los consumidores, el 40% de los cargos se recuperará a través del término fijo y el 60%, a través del término variable».
Así, se propone un diseño «binomial» para los cargos, en el que se considera «más adecuado dotar de un mayor peso al componente variable con el objetivo de favorecer la eficiencia energética, el autoconsumo o el despliegue de la infraestructura de recarga rápida de vehículos eléctricos».
¿QUÉ HA CAMBIADO?
Para incentivar el consumo en los momentos en que las redes están menos congestionadas», entra en vigor una nueva estructura de la factura de la luz, basada en la discriminación horaria y en dar un mayor peso al término variable de la factura, el que depende del consumo de energía, frente al fijo, que hace referencia a la potencia contratada.
Estos cambios se aplicarán a todos los consumidores domésticos. Esto con independencia de si se acogen a la tarifa eléctrica regulada por el Gobierno a través del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) o si se encuentran en el mercado libre.
Permitirán ahorrar en función de la eficiencia de su consumo, en sintonía con lo que manifiestan desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que señala asimismo que se fomentará «el ahorro energético, la eficiencia, el autoconsumo y el despliegue del vehículo eléctrico».
Al cambiar los peajes de acceso a la electricidad también lo hacen las facturas que pueden contratar los consumidores domésticos, es decir, aquellos que tengan una potencia contratada de hasta 15 kW.
Hasta ahora, las tarifas a las que podían acogerse los hogares eran las siguientes:
- Tarifa 2.0: para consumidores con potencia contratada de hasta 10 kilovatios (kW). Esta es la que tienen contratada la mayoría de los consumidores domésticos, cuya potencia media suele estar en los 4,6 kW según la CNMC.
- Tarifa 2.1: para consumidores con potencia contratada de entre 10 y 15 kW.
Además, dependiendo de si se elegía discriminación horaria o no, las tarifas 2.0 y 2.1 podía ser:
- Tarifas A: para consumidores con un tramo horario (una potencia contratada y un precio de energía).
- Tarifa DHA: para consumidores con dos tramos horarios (misma potencia contratada, pero dos precios de energía distintos).
- Tarifa DHS: para consumidores con tres tramos horarios (mismas potencia contratada, pero tres precios de energía distintos).
Por lo tanto, las tarifas o peajes de acceso que tenían los consumidores domésticos hasta ahora pertenecían a alguna de estas seis: 2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA y 2.1DHS.
UNA UNICA TARIFA
A partir de ahora, estas tarifas se convierten en una única tarifa, la tarifa 2.0TD, que ofrece para todos los consumidores tres tramos horarios, cada uno con un peaje de acceso (coste por distribución y transporte) distinto.
En concreto:
- Desaparecen las tarifas actuales (2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA y 2.1DHA). Igualmente se unifican todos los suministros con potencia menor o igual a 15kW (mayoría de clientes domésticos y pymes) bajo una única tarifa, la 2.0TD.
- Con los nuevos peajes se fijan 3 precios distintos para la energía en función de la hora a la que se consume. La discriminación horaria se regulará con los siguientes tramos, que marcarán las horas más caras y baratas de consumo. La nueva regulación establece un sistema de tramos horarios, con una fórmula que hace que sea más barato consumir en las horas de menor uso de las redes eléctricas:
- Horario punta, el más caro: comprende, de lunes a viernes, entre las 10:00 y las 14:00 horas y las 18:00 y las 22:00 horas. En Ceuta y Melilla, el horario es de 11:00 a 15:00 y de 19:00 a 23:00 horas.
- Horario llano, con un coste «intermedio»: comprende, de lunes a viernes, entre las 8:00 y las 10:00 horas de la mañana, las 14:00 y las 18:00 horas de la tarde y las 22:00 y las 24:00 horas de la noche. En las ciudades autónomas, este horario comprende las siguientes franjas: de 8:00 a 11:00; de 15:00 a 19:00 y de 23:00 a 24:00 horas.
- Horario valle, el más barato: comprende, de lunes a viernes, entre las 24:00 horas y las 8:00 de la mañana y todas las horas de los fines de semana y festivos
Con la nueva tarifa de la luz, además, desaparece en el mercado regulado la actual tarifa de discriminación horaria, ya que todos los consumidores estarán acogidos a este sistema. Con ello, se pretende que los usuarios modifiquen su consumo para gastar más energía en las horas llano y valle, por lo que para conseguir ahorrar en la factura tendrás que ajustar tus hábitos a los nuevos horarios.